EU Textile Labelling Requirements

Requisitos de etiquetado textil de la UE

La Unión Europea tiene algunas de las normas más estrictas y detalladas requisitos de etiquetado Para textiles en cualquier parte del mundo. Ya sea que fabrique ropa, textiles para el hogar, accesorios o productos de materiales mixtos, el cumplimiento del Reglamento (UE) n.º 1007/2011 es obligatorio antes de comercializar sus productos en la UE.

Esta guía explica todo lo que necesita saber sobre los requisitos de etiquetado textil de la UE, con interpretaciones prácticas extraídas directamente del texto legal y de las preguntas frecuentes publicadas por la Comisión Europea. Se centra íntegramente en obligaciones de etiquetado específicas para textiles, no más amplio normas de seguridad del producto.


1. Qué cubre el Reglamento textil de la UE

El Reglamento (UE) 1007/2011 regula:

  • El nombres de fibras textiles
  • El etiquetado y marcado de la composición de la fibra
  • El Durabilidad y colocación de la información obligatoria
  • Normas para productos que contienen partes no textiles de origen animal

El Reglamento se aplica a todos los productos textiles comercializados en el mercado de la UE, incluidos los incorporados a otros productos cuya composición debe declararse. Productos que contienen al menos el 80 por ciento de fibras textiles se consideran productos textiles a los efectos del Reglamento.


2. Etiquetado textil obligatorio: Requisitos básicos

2.1 La composición de la fibra debe declararse siempre

Todo producto textil debe llevar una etiqueta o marcado que indique su composición exacta de la fibra, expresados ​​utilizando los nombres de las fibras que figuran en el anexo I del Reglamento. La composición de las fibras desempeña un papel fundamental en documentación del expediente técnico y trazabilidad.

Ejemplos:

  • “100 por ciento algodón”
  • “80 por ciento poliéster, 20 por ciento viscosa”
  • “Otras fibras 10 por ciento” (permitido solo bajo condiciones específicas)

2.2 La etiqueta debe ser permanente

Una de las obligaciones legales más importantes es la durabilidad. La ley establece:

“Las etiquetas y marcas deben ser duraderas, fácilmente legibles, visibles y accesibles y, en el caso de una etiqueta, estar bien adheridas”. (Artículo 14(1))

Este requisito elimina la posibilidad de utilizar una etiqueta colgante extraíble como ubicación principal para la composición de la fibra. Las etiquetas colgantes pueden complementar la información, pero no puede reemplazar la etiqueta permanenteLa composición de la fibra permanente a menudo se revisa como parte de un Análisis de riesgos GPSR.

2.3 ¿Qué se considera una “etiqueta” frente a una “marca”?

El Reglamento define claramente estos términos:

  • Etiqueta:Una pieza de material (tejido, impreso, termosellado, etc.) adherida de forma segura al producto para que permanezca con él durante el uso normal.
  • Calificación:Información impresa, estampada, bordada o aplicada de forma permanente sobre el propio producto.

Cualquiera de las opciones es aceptable siempre que se cumpla el requisito de durabilidad y permanencia se cumple. El uso correcto de los términos es importante para garantizar Persona responsable de la UE cumplimiento.


3. Jerarquía de ubicación: dónde debe aparecer la información

Aunque el Reglamento textil de la UE no define formalmente una “jerarquía de colocación”, las normas crean un orden práctico claro:

1. Sobre el producto (obligatorio para la composición de la fibra)

La composición debe aparecer directamente en el producto mediante una etiqueta o marcado permanente. Las etiquetas colgantes no califican porque están diseñadas para ser removidas.

2.Embalaje (Suplemento opcional)

El embalaje puede repetir la composición de la fibra, pero no puede reemplazar la etiqueta permanente del producto.

3. Documentos adjuntos (solo B2B)

El artículo 14(2) permite que la composición aparezca en documentos comerciales sólo dentro de la cadena de suministro. Esto no se aplica a las ventas al consumidor.

Conclusión: La composición de las fibras debe aparecer siempre en la propia prenda., no solo en embalajes o etiquetas colgantes.


4. Requisitos de idioma

Cuando un producto textil llega al consumidor, la composición de las fibras debe indicarse en el idioma(s) oficial(es) del Estado miembro donde se vende el producto. Los requisitos de traducción a menudo se cruzan con Cumplimiento de los productos de consumo de la UE normas.

Esto significa que las marcas que venden en múltiples mercados de la UE suelen proporcionar etiquetas multilingües o agregar una pequeña etiqueta secundaria que contiene el contenido de fibra traducido.


5. Requisitos adicionales de etiquetado

5.1 Partes no textiles de origen animal

Los productos que contengan cuero, piel, plumas o materiales similares deben incluir:

“Contiene partes no textiles de origen animal” (Artículo 12)

Esto debe estar etiquetado de forma permanente y ser claro para el consumidor.

5.2 Productos multicomponentes

Cuando las fundas, los revestimientos o los paneles decorativos tengan diferentes composiciones de fibras, el artículo 11 exige que cada componente esté etiquetado a menos que:

  • No es un revestimiento principal y
  • Representa menos del 30 por ciento del peso total.

La identificación correcta de las fibras también es importante al preparar un Ficha técnica del GPSR.

5.3 Productos que no requieren etiquetado de fibra

En el Anexo V se enumeran categorías como:

  • Correas de reloj
  • Juguetes
  • Partes textiles del calzado
  • Pequeños accesorios textiles
  • Artículos de viaje

Éstos están exentos del etiquetado de composición.


6. ¿Qué establece el Reglamento Textil? No lo hace Requerir

Una aclaración clave de las preguntas frecuentes de la Comisión Europea es que el Reglamento no no mandato:

  • País natal
  • Instrucciones de cuidado
  • Advertencias de seguridad (inflamabilidad, asfixia, etc.)
  • Datos del fabricante o importador
  • Declaraciones ambientales o de sostenibilidad

Estos requisitos se rigen por otras leyes de la UE, no por el Reglamento Textil. Estos temas se abordan por separado en áreas como categorización de productos, pruebas químicas, y Documentación de la hoja de datos de seguridad (SDS).


7. Etiquetas Swing: Para qué se pueden y no se pueden utilizar

Las etiquetas oscilantes pueden contener:

  • Información de marketing
  • Instrucciones de cuidado
  • Advertencias de seguridad
  • Mensajes de sostenibilidad
  • Detalles adicionales de la fibra

Sin embargo, ellos no puedo sirven como ubicación principal para la composición obligatoria de fibras porque son removibles y no duraderas.

Esta interpretación se desprende directamente del artículo 14(1), que exige que la información sea duradero, visible, accesible y fijado de forma seguraEstos principios de durabilidad también se alinean con las mejores prácticas para designación de una Persona Responsable de la UE Responsable de la integridad de la información del producto.

En la práctica, las autoridades de vigilancia del mercado tratan sistemáticamente las etiquetas colgantes como no permanente elementos.


8.Cómo garantizar el cumplimiento: mejores prácticas para las marcas

Una etiqueta textil conforme con la UE debe:

  • Utilice los nombres de las fibras del Anexo I
  • Mostrar porcentajes exactos en orden descendente
  • Estar permanentemente fijado o permanentemente marcado
  • Sea legible y visible antes de la compra.
  • Traducirse según sea necesario para cada Estado miembro
  • Identificar partes no textiles de origen animal
  • Declarar correctamente las composiciones multicomponentes

Estructura de etiqueta recomendada:

  • Composición de la fibra (obligatoria)
  • Instrucciones de cuidado (estándar de la industria, aunque no exigidas por la legislación de la UE)
  • Tamaño
  • País de origen (opcional según las normas textiles)
  • Marca y códigos de lote

Estas prácticas también respaldan el cumplimiento a la hora de preparar Documentación técnica del GPSR, asegurando una ruta fluida hacia venta de productos en la UE.


9. Conclusiones clave

  • La composición de la fibra debe estar siempre en una etiqueta o marca permanente en el producto.
  • Las etiquetas colgantes no pueden sustituir a las etiquetas de composición textil obligatorias.
  • El Reglamento textil de la UE se centra enteramente en la composición de las fibras y la terminología textil.
  • Se requieren traducciones de idiomas para cada estado miembro de la UE donde se vende el producto.
  • Las advertencias de seguridad y las etiquetas de cuidado quedan fuera del ámbito de aplicación del Reglamento Textil. Ver Ejemplos de advertencias GPSR.
  • Los documentos B2B pueden contener composición durante el tránsito de la cadena de suministro, pero no para las ventas al consumidor.

Comprender estos puntos también reduce el riesgo de sanciones por incumplimiento o interrupción de la cadena de suministro.


10. Por qué es importante el cumplimiento

Las etiquetas no conformes pueden provocar:

  • Retiradas de productos
  • Multas de las autoridades nacionales de vigilancia del mercado
  • Reetiquetado a coste
  • Retrasos en la cadena de suministro
  • Pérdida de confianza del consumidor

Comprender y aplicar correctamente el Reglamento (UE) n.° 1007/2011 es fundamental para cualquier marca que venda productos textiles en la Unión Europea. Su cumplimiento también respalda obligaciones de seguridad más amplias en virtud del Reglamento (UE) n.° 1007/2011. Marco de seguridad de los productos de la UE.


Preguntas frecuentes

¿Las etiquetas textiles en la UE deben incluir instrucciones de cuidado?

No. El Reglamento Textil no exige instrucciones de cuidado. Son estándar en la industria, pero voluntarias. Otras leyes de la UE tampoco exigen etiquetas de cuidado.

¿Es posible indicar la composición de la fibra únicamente en una etiqueta colgante?

No. Las etiquetas colgantes son removibles y, por lo tanto, no se consideran duraderas. La composición de la fibra debe figurar en una etiqueta o marca permanente que permanezca en el producto.

¿Se requieren traducciones para la composición de la fibra?

Sí. La composición debe estar disponible en el/los idioma(s) oficial(es) del Estado miembro de la UE donde se vende el producto.

¿Se puede colocar la composición de la fibra en el embalaje en lugar de en el producto?

No. El embalaje puede repetir información, pero no puede sustituir la etiqueta permanente de composición de fibra en el producto en sí.

¿Necesito etiquetar cada parte de un producto textil multicomponente?

Sí, a menos que el componente no sea un revestimiento principal y represente menos del 30 por ciento del peso total.

¿Las etiquetas textiles deben incluir el país de origen?

No.El Reglamento textil no exige el país de origen, aunque puede exigirse en virtud de las normas aduaneras o de información al consumidor dependiendo de las prácticas del mercado.

¿Las advertencias de seguridad forman parte del Reglamento Textil?

No. Las advertencias de seguridad e inflamabilidad se rigen por otras leyes de la UE, como el Reglamento general de seguridad de los productos, no el Reglamento textil.


Fuentes oficiales de referencia de la UE

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